Sra. Ministra de Trabajo y Economía Social Y Sr. Ministro de Derechos Sociales del Gobierno de España
Estimadas Yolanda y Pablo,
Nos dirigimos a ustedes con profunda preocupación respecto a los efectos adversos que las regulaciones de la asistencia personal están teniendo en las personas en situación de dependencia en nuestro país. Como ciudadanos preocupados por la equidad y la justicia, por los derechos humanos y como comunidad afectada, nos sentimos compelidos a expresar la inquietud acerca de la falta de acceso adecuado y efectivo a la asistencia personal para aquellos que la necesitan desesperadamente para llevar una vida independiente y plenamente participativa en España.
El artículo 19 de la Convención sobre los derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) de la ONU establece el derecho en igualdad de condiciones de todas las personas con discapacidad a vivir en la comunidad, con opciones iguales a las de las demás. En España, país que ratificó la CDPD en 2007, a pesar de las regulaciones existentes, este derecho se ve obstaculizado por la falta de una asistencia personal real y efectiva.
Actualmente, las regulaciones existentes en España no están en plena conformidad con la Convención. La asistencia personal, crucial para la vida independiente, sigue sin ser una realidad accesible para la mayoría. La formación propuesta para las y los asistentes personales está orientada hacia un modelo médico-rehabilitador y sociosanitario, contradiciendo la naturaleza misma de la asistencia personal al disponer nuevas barreras para la contratación de asistentes y, así, trabar el acceso al servicio. Esta circunstancia perjudica especialmente a las personas que viven en pequeñas ciudades y en el ámbito rural.
La capacidad de elección de asistentes por el usuario no debe tener umbral de entrada: es el usuario quien debe determinar la idoneidad y capacidad de la persona que va a intervenir en su cuerpo y en su privacidad. Actualmente se están regulando impedimentos a esa libertad de elección. Los usuarios y entidades gestoras de asistencia personal precisamos una solución urgentísima a los problemas derivados de las nuevas imposiciones relativas a la formación de asistentes, además de resolver otras trabas al derecho reconocido en el artículo 19 de la Convención.
Desde el Foro de Vida Independiente y Divertad proponemos:
1. Una Moratoria Inmediata: Es imperativo establecer una moratoria inmediata sobre la implementación de las regulaciones actuales en todo el Estado. Esto proporcionará el tiempo necesario para revisar y reformar las políticas existentes para que estén en total conformidad con los estándares de derechos humanos y de vida independiente derivados de la Convención.
2. Eliminar Obstáculos para la Elección: La capacidad de elección de asistencia personal por el usuario no debe tener umbral de entrada. En la actualidad, se están regulando impedimentos a esta capacidad de elección. La contratación de asistentes personales debería tener las mismas facilidades burocráticas que un empleado de hogar, mientras que se garantizan unas condiciones de empleo dignas.
3. Formación Básica y Complementaria: La formación para asistentes personales, de haberla, debe ser básica, telemática y siempre posterior al contrato. Los asistentes podrían tener la opción de adquirir formación complementaria de forma voluntaria, y como un valor añadido a su currículo, adecuada a las necesidades específicas de usuarios tipo que así lo precisen.
4. Participación Activa con las Autoridades competentes: Es fundamental establecer una mesa de trabajo con las autoridades pertinentes, como los Ministerios de Empleo y de Servicios Sociales, junto con las organizaciones sociales afectadas. Esta colaboración activa permitirá abordar de manera efectiva los problemas actuales y encontrar soluciones adecuadas.
Para garantizar el pleno goce del derecho a la vida independiente y la inclusión en la comunidad para las personas en situación de dependencia en España, es esencial una revisión profunda y una reforma efectiva de las políticas de asistencia personal.
La colaboración entre las partes interesadas del movimiento de vida independiente, las organizaciones representativas de la discapacidad, las personas que desempeñan la labor de la asistencia personal y las autoridades competentes, es crucial para lograr este objetivo y construir una Asistencia Personal realmente eficaz para las personas dependientes y respetuosa con lo dispuesto en la Convención y la Observación general número 5 sobre esta materia.
Foro de Vida Independiente y Divertad
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