El gobierno de España pretende cambiar el texto del Artículo 56 del Código Civil Español, añadiendo que las personas ciegas y sordas también necesitan un informe médico favorable y un certificado expedido por un notario para poder contraer matrimonio. Esto es contrario a la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, CDPD (artículos 1, 3, 4, 5, 12, 23) y discriminatorio para las personas con diversidad funcional.
A partir del próximo verano, serán las personas ciegas, sordas las que necesitarán obtener el permiso de un médico para contraer matrimonio y formar una familia, además de las mentales e intelectuales que ya contemplaba la Ley. Y después ¿qué?, ¿Quién será el siguiente?, ¿seremos todas las personas discriminadas por nuestra diversidad funcional las que tendremos que obtener un certificado médico de aptitud para esta u otra actividad?
Mientras el Parlamento Nacional desoye la petición del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), hacemos un llamamiento a nuestros representantes políticos y a la ciudadanía para que detenga este acto al que el Foro de Vida Independiente y Divertad (FVID) no encuentra explicación razonable. Es el momento adecuado para escapar de un modelo que nos ha venido perjudicando durante largos años alejándolos de la igualdad de oportunidades y la inclusión social.
En el artículo 23.1 «respeto del hogar y la familia» de la CDPD se dice: «Los Estados Parte tomarán medidas efectivas y pertinentes para poner fin a la discriminación contra las personas con discapacidad en todas las cuestiones relacionadas con el matrimonio, la familia, la paternidad y las relaciones personales, y lograr que las personas con discapacidad estén en igualdad de condiciones con las demás…».
En realidad, la norma ya ha pasado por las Cortes Generales y está publicada en el Boletín Oficial del Estado. Es muy difícil para el FVID asumir que sus mandatarios hayan podido aprobar semejante aberración.
Ya va siendo hora de que todas nuestras administraciones respeten y cumplan los tratados internacionales a los que se comprometen. Cabe mencionar que nos encontramos ante el primer tratado de derechos humanos aprobado por la Organización de Naciones Unidas en el Siglo XXI. Esta nueva actuación no hace sino confirmar que España y sus partes no respetan este tratado Visto lo cual, parece más lógico y sencillo abandonar la pantomima de jugar a respetar la CDPD y autoexcluirse de ella.
En manos de nuestros dirigentes está el que dicho Artículo no siga adelante, sino que se ajuste a los dictados de lo que dispone la ONU en la CDPD. A menos que no se acometan con ambición las modificaciones que desemboquen en la adopción a la misma, se estará siendo cómplice de esta afrenta. Por lo tanto, solicitamos la suspensión de la aplicación de la norma hasta una revisión del citado artículo en línea con los mandatos de la CDPD. Esto es, proporcionando los apoyos necesarios para evitar la discriminación y no fomentándola.
FORO DE VIDA INDEPENDIENTE Y DIVERTAD
DERECHOS HUMANOS ¡YA!
19 de diciembre 2016
“NADA SOBRE NOSOTROS SIN NOSOTROS”
Un comentario en “La reforma del Código Civil, una nueva vulneración de la CDPD”
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