Archivo de la categoría: Documentación

El foro de vida independiente (FVI), reflexiona, debate y discute sobre todos aquellos temas que nos afectan. Fruto de esto es la generación de numerosos documentos, artículos y libros. En esta sección podrás encontrar todos los generados por el FVI.

El TSJC admite a trámite el recurso por vulneración de derechos fundamentales contra la regulación de la asistencia personal

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha admitido a trámite el recurso presentado por SOLCOM por vulneración de derechos fundamentales contra la orden de la Generalitat que regula la asistencia personal en Cataluña. La norma recurrida establece unas cuantías máximas para contratar asistencia personal que ni siquiera son suficientes para cubrir las horas dedicadas a la mera supervivencia, menos aún para desempeñar un trabajo, estudiar o participar en la vida comunitaria, social y cívica.

No se trata de una cuestión de insuficiencia presupuestaria, ya que según la memoria económica de la Cartera de Servicios 2010-11 la Administración invierte una media de 3.231 €/mes en internar en una residencia a una persona con diversidad funcional física (3.600 €/mes en casos de diversidad psíquica), mientras que el tope establecido para contratar asistencia personal es de 1.300 €/mes. Esto coarta la libertad de las personas con diversidad funcional para elegir dónde quieren vivir, y se favorece un modelo de segregación que impide un ejercicio pleno de los derechos humanos.

SOLCOM recuerda que la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad establece en su artículo 19 el derecho a la vida independiente y la obligación de los Estados de proporcionar la asistencia personal necesaria para hacerlo efectivo. Este tratado internacional de derechos humanos es de obligado cumplimiento en España desde su entrada en vigor en el orden internacional, mayo de 2008, y tiene primacía sobre cualquier legislación o normativa interna.

Además de promover la institucionalización de las personas con diversidad funcional, la orden recurrida discrimina a los menores de 16 años y a los mayores de 64, así como a las personas con diversidad intelectual, mental o psíquica, impidiéndoles el acceso a la asistencia personal. También se imposibilita la igualdad de oportunidades de quienes elijan hacer vida independiente con el apoyo de la asistencia personal, al empobrecerles imponiendo fórmulas de copago y de reducción de las prestaciones que no tienen en cuenta ni el agravio económico comparativo que soportan las personas con diversidad funcional ni el hecho de que la asistencia personal no es un recurso substitutorio de “gastos hoteleros” (alojamiento, comida, etc)

Sociología, Antropología de la diversidad funcional

Algunos autores académicos del mundo de la sociología y la antropología empiezan a interesarse por la propuesta del Modelo de la Diversidad y la diversidad funcional.

RODRÍGUEZ DÍAZ, Susana., FERREIRA, Miguel A V. (2010) Publicado en la revista Cuaderno de Relaciones Laborales, Vol 28, Nº 1, 2010.

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SOLCOM recurre ante el Supremo el decreto que regula las cuantías máximas de la Ley de Dependencia al considerar que apenas cubren las necesidades básicas

La organización SOLCOM, para la solidaridad comunitaria de las personas con diversidad funcional y la inclusión social, ha interpuesto un recurso ante el Tribunal Supremo contra el decreto 374/201, que regula las cuantías máximas de las prestaciones económicas de la Ley de Dependencia, al considerar que estas son insuficientes y apenas cubren las necesidades básicas de los beneficiarios.

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La cuantía máxima a percibir establecida por la Ley de Dependencia es de 836,96 euros al mes, una cantidad, que según la presidenta de SOLCOM, María Luisa Ruíz Jarabo, “no es suficiente ni para cubrir cuatro horas de asistencia personal al día”, cuando una persona con Gran Dependencia puede llegar a necesitar hasta seis veces más.

“Este decreto nació para promover la autonomía personal, el acceso al empleo y a la educación, pero no llega ni para las necesidades básicas, y menos para acompañarte al trabajo o a la Universidad”, explica María Luisa.

Tanto en el artículo 19 de la Ley de Dependencia como en el mismo de la Convención Internacional de los derechos de las personas con discapacidad, se reconoce el derecho de este colectivo a vivir una vida plena y a recibir la asistencia personal necesaria para que esto sea posible.

El Real Decreto, aprobado el pasado 26 de marzo, revaloriza la cuantía máxima de las prestaciones económicas para aquellas personas que sean o hayan sido reconocidas como grado III, Gran Dependencia, niveles 1 y 2; y grado II, Dependencia Severa, niveles 1 y 2, estableciendo una máxima cuantía de 836 euros al mes.

24 horas con discapacidad

¿Por cuánto podría mejorar una vida?

La razón de esta presentación es hacer hincapié en un derecho constitucional del que todo ser humano debe beneficiarse. Nos referimos al derecho A UNA VIDA DIGNA.

Si a una sociedad como la nuestra, (donde la discapacidad es invisible, y no hay conciencia de ella), se le añade el obstáculo económico que ciertas personas con discapacidad puedan tener, nos encontramos con una espiral en la que las personas con discapacidad siempre serán dependientes y nunca se las considerará elementos productivos y de valor, como cualquier otra persona lo es, y como lo son muchas personas con discapacidad que tienen la oportunidad de tener este tipo de apoyos que reclamamos para todos.

Hemos querido hacer este trabajo porque nos parece importante destacar los esfuerzos que las personas con diversidad funcional tienen que hacer para llevar una vida normalizada. Todo esto se agrava si estas personas no tienen recursos económicos.

Por eso nuestro trabajo consiste en comparar la vida de dos personas:

Una de ella tendrá diversidad funcional (parálisis cerebral) pero dispondrá también de recursos económicos con los que podrá adquirir apoyos y adaptaciones físicas.

La otra sin embargo, tendrá la misma diversidad pero con la desventaja de vivir en un ambiente económico más bajo.

No queremos con esto desestimar los esfuerzos que tenga que hacer para vivir normalizadamente la primera persona sino, hacer ver todo lo que podría mejorar la vida de la segunda con más y mejores apoyos.

Dirigimos este proyecto a todo el conjunto de la sociedad. Sabemos que esto no va a tener la difusión que nos gustaría, pero al menos nos va a ayudar a ser más conscientes de una realidad que existe, que convive con nosotros y a la que ignoramos, ya sea por desconocimiento o por falta de implicación.

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Libro rojo de la Educación española

Gracias de corazón a todas las familias que han participado en este libro. Vuestros casos, con los datos de vuestros hijos, están en el Congreso de los diputados, tal y como os dijimos que íbamos a hacer.

Ante las insistentes peticiones y la espectación creada, hemos pensando publicarlo, borrando por supuesto los datos identificativos de los niños. Los datos que aparecen son con autorización expresa de los papás. Igualmente si algún papá quiere que se retire su caso, no tiene más que enviar un correo y así se hará. Os animamos a seguir enviando casos y haciendo visible lo que está pasando. Es muy importante. Está visto que entre todos PO-DE-MOS.

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Os hacemos partícipes también de los documentos que hemos aportado al Congreso de los diputados, y sobre los que llevamos nuestra línea de trabajo.

Gracias a todos,

Esther, Cuca, Eva, Inma, Marichu.

Consultar el libro rojo de la Educación española